domingo, 24 de abril de 2016

Contratación (compras) pública y privada


Contratación pública y privada

De acuerdo con el portal http://www.nacionvisible.org/contratacion.htm  la contratación estatal está definida de la siguiente manera: "Los servidores públicos tendrán en consideración que al celebrar contratos y con la ejecución de los mismos, las entidades buscan el cumplimiento de los fines estatales, la continua y eficiente prestación de los servicios públicos y la efectividad de los derechos e intereses de los administrados que colaboran con ellas en la consecución de dichos fines.
Los particulares, por su parte, tendrán en cuenta al celebrar y ejecutar contratos con las entidades estatales que, además de la obtención de utilidades cuya protección garantiza el Estado, colaboran con ellas en el logro de sus fines y cumplen una función social que, como tal, implica obligaciones."

Principios de la contratación pública

De acuerdo con lo expuesto por el ministerio de Comercio, Industria y Turismo en su aplicación http://www.aplicaciones-mcit.gov.co/guiapymes/c1i2.html la contratación pública está cobijada por los principios de la administración pública, de la contratación pública y de la administración fiscal, los cuales al estar al servicio de los intereses generales determinan que contratación con el estado debe estar regida por los siguientes principios:
  • Economía.
  • Selección objetiva.
  • Planeación.
  • Transparencia.
  • Responsabilidad.
Significado de términos

A continuación se expone la definición de términos importantes para tener en cuenta en un proceso de contratación:
  • INHABILIDAD: el término inhabilidad hace referencia a una serie de características que al ser cumplidas de forma parcial o total por una persona o institución, le impide participar en una actividad específica, para este caso un proceso de contratación.  De acuerdo con el portal de contratación en línea, la inhabilidad "hace relación a la falta de idoneidad, habilidad o falta de capacidad para celebrar válidamente un contrato estatal." 
  • INCOMPATIBILIDAD: el término incompatibilidad hace referencia a la imposibilidad legal de una persona para ejercer una actividad determinada, en gran medida están definidas por relaciones de parentesco y filiación entre entidades contratantes y contratadas. El portal contratación en linea define que la incompatibilidad "hace relación con la imposibilidad de coexistencia que cabe predicar respecto de dos o más elementos, circunstancias, cosas e incluso personas."
  • CONFLICTO DE INTERESES: el conflicto de intereses se define como una situación en donde existe algún tipo de relación filial entre los integrantes de dos entidades que sostienen una relación comercial o de subordinación ya que cabe la posibilidad de que el contratado o proveedor sea sujeto de preferencias o prebendas y atente contra la moral de la entidad contratante y la equidad de los compañeros o competidores.
Etapas del proceso de contratación con entidades del estado

Con base en el manual de procedimientos de contratación con el estado, publicado por Javier Miguel Gámez se definen las siguientes etapas:

ETAPA PREVIA: es el período en el cual la entidad estatal manifiesta su intención de desarrollar un proceso de selección que derivará en la celebración de uno o más contratos para cumplir con alguna finalidad estatal. En esta etapa se definen los requerimientos técnicos, jurídicos y financieros necesarios para el cumplimiento de su objetivo.

ETAPA PRE-CONTRACTUAL: es el período comprendido desde que la entidad exterioriza su intención de contratar para un fin determinado hasta el momento en que resuelve mediante actos jurídicos hacer las respectivas adjudicaciones. En esta etapa se hace la convocatoria invitando a presentar propuestas y su culminación se da con la comunicación de selección al proponente elegido, en este punto la administración queda vinculada con el proponente y no tiene carácter revocatorio.

ETAPA CONTRACTUAL: como su nombre lo indica es el período en el que las obligaciones de las partes se dan por escrito y se efectúa el registro presupuestal. En esta etapa se originan y plasman los derechos y deberes de las partes y el objeto del contrato se desarrolla a cabalidad. Su culminación se da con la expiración del tiempo de vigencia pactado, verificando el cumplimiento del objeto del contrato que de no darse, da lugar a las penalizaciones establecidas.

ETAPA POSCONTRACTUAL: es el período destinado a la evaluación de los resultados financieros del contrato. En esta etapa el contrato ha perdido su vigencia así que en este momento no tienen lugar sanciones al contratista por incumplimiento de obligaciones. Esta etapa culmina con el pago, retribución y devoluciones resultantes de un balance hecho previamente.

Licitación pública y otras modalidades de contratación.

La licitación pública es el proceso mediante el cual la entidad estatal publica la necesidad de contratación así como las características a cumplir por el proponente, los objetivos a desarrollar y los plazos establecidos. Dando así igualdad de condiciones a todos aquellos competidores que se quieran presentar. Las licitaciones tienen lugar cuando el bien o servicio a contratar supera un valor determinado (este valor se establece de acuerdo con el valor de los recursos que maneja la entidad.
El proceso de licitación descrito por el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo en su sitio http://www.aplicaciones-mcit.gov.co/cincopasos/c2.html consta de 10 pasos:
  1. la entidad identifica la necesidad de adquirir bienes, obras o servicios; para ello elabora un plan de compras.
  2. la entidad pública elabora el proyecto de pliego de condiciones que se publica en el portal único de contratación SECOP por un término no menor a 10 días hábiles acompañado del aviso de convocatoria, de los estudios y documentos previos.
  3. todos los interesados están en la posibilidad de solicitar aclaraciones sobre el contenido del pliego (dentro de los 10 días previos a la apertura del proceso) 
  4. se publica la resolución de apertura que da inicio oficial al proceso y el pliego de condiciones definitivo.
  5. la entidad realiza la audiencia de asignación y si los oferentes lo requieren podrá incluir una audiencia de aclaraciones sobre el contenido del pliego.
  6. los interesados deben hacer entrega de sus propuestas en el lugar definido antes de la hora señalada.
  7. la entidad inicia e proceso de evaluación en dónde verifica los requisitos y otorga los puntajes a las ofertas realizadas.
  8. el informe de evaluación se pone a disposición de los participantes durante 5 días hábiles en los cuales pueden presentar observaciones si las hay.
  9. la entidad analiza las observaciones y cita para definir el proceso en audiencia pública.
  10. se instala la audiencia pública y los oferentes pueden pronunciarse por una única vez sobre las respuestas dadas por la entidad. Si algún oferente cumple con todos los requisitos del pliego, la entidad en audiencia pública adjudica el proceso de selección, de lo contrario se declara desierto.
Además de las licitaciones públicas están las siguientes modalidades de contratación: Concurso de méritos, Selección abreviada, Contratación directa y mínima cuantía. 

Diagrama de flujo estándar de un proceso de contratación pública



CONCLUSIONES

De acuerdo con lo anteriormente expuesto se evidencia que los procesos de contratación pública están claramente estructurados y direccionados a la ejecución de un proceso en donde ninguna de las partes tenga lugar de cometer actos que vayan en detrimento de la ética y la justa competencia así como garantizar el cumplimiento de los objetivos para los cuales un proponente determinado sea contratado; lo anterior cubierto y regido por las leyes colombianas, en particular la ley Ley 80 de 1993, modificada por la Ley 1150 de 2007. 

Fuentes bibliográficas:

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